Hola , enhorabuena por el nuevo periódico digital, con el que os deseo toda suerte de éxitos.
He leido todas las noticias con interés, especialmente la que hace referencia a que La Fundación Tripartita prohíbe justificar con costes salariales la cofinanciación de los cursos modalidad distancia.
He encontrado a faltar una respuesta argumentada/una reflexión/un dictamen jurídico por parte de AENOA sobre lo que me parece un auténtico disparate. ¿Tu crees que se puede legislar desde una página de Internet y en una herramienta de ayuda de preguntas y respuestas? ¿No resulta una frivolidad? ¿Cómo se puede hacer una afirmación de ese calibre sin que tal cosa esté recogida, a mi juicio, ni siquiera tangencialmente en ningún texto legal? ¿Cómo se entiende, entre mil argumentaciones, que la propia página de justificación de gastos de la FT admita para la formación a distancia la cofinanciación con horas de trabajo?
Me gustaría conocer tu opinión, y la de tanta gente cualificada como sea posible.
Opinión de un socio de AENOA
Juanjo Valderrama
Asesor Técnico de AENOA

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